La muerte, en general, ese tema tabú para muchos y que a todos nos afecta. Sin duda, son momentos en los cuales solo nos importa estar con los nuestros e intentar juntos superar este duro trance. De lo que estamos seguros es que no todos son consciente de la existencia de un permiso en Derecho Laboral que cubre este tipo de situaciones. ¿Quieres conocer más detalles?
– Se trata de un permiso que exime al trabajador de acudir a su puesto de trabajo durante unos días tras la pérdida de un familiar. Hablaríamos de una licencia laboral retribuida. Pero, ¿cualquier tipo de muerte es válida para solicitar este tipo de permiso? Lo cierto es que no. Debe de cubrir un tipo de requisitos que variaran en función del grado de afinidad o consanguinidad:
1er grado. Padres e hijos.
2º grado. Hermanos, abuelos o nietos.
3º grado. Sobrinos o tios
4º grado. Primos.
– Este tipo de permisos pueden verse ampliado de dos días a más si para el desplazamiento tanto de ida como de vuelta supera los 200 kilometros de distancia.
– Son días naturales de permiso remunerado, es decir, en ellos estarían incluidos tanto los días festivos como también los fines de semana.